Existen ocasiones donde el personal de una empresa no recibe la paga que se le es debida y en el tiempo acordado. Esto sucede por el empleador que ha ignorado completamente esta problemática. Por eso existe el certificado de obligaciones patronales que se encarga de velar por la seguridad económica del trabajador dentro del área laboral.
Contenido
¿A quién está dirigido el certificado de obligaciones patronales?
Consiste en un documento concedido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social que va dirigido al empleador o afiliado al organismo. La persona jurídica puede ser tanto del sector público como del privado, y al poseer este trámite hace uso de los derechos otorgados por el Código del Trabajo.
Las retribuciones hechas por el afiliado deben manifestarse ante las acciones del contratante y según lo estipulado en el mismo escrito, deberá probar a través de este mismo artículo que él no le ha proporcionado el derecho de solvencia, ni el pago debido de su salario mensual.
Por esta razón, a la persona responsable de todo esto se le asignará una multa por mora patronal. Esta se hará con intereses y deberá pagarse en un tiempo determinado de aproximadamente 15 días contados.
A su vez, los empleados podrán hacer utilizo del certificado de obligaciones patronales en cualquier momento, pero solo si se cumple con la condición antes mencionada. Además, el trámite tendrá validez por un máximo de 30 días hasta que se lleve a cabo la remuneración por parte del gerente.
No obstante, para hacerlo se requieren otros papeles para el procesamiento. No todos son de suma obligación, pero lo mejor sería entregarlos en conjunto para que la solicitud sea mucho más amena y progresiva.
¿Qué recaudos son necesarios para hacer la solicitud?
Lo primero y principal que debemos tener es la nacionalidad ecuatoriana y por supuesto la cédula única de ciudadanía. Este requisito es obligatorio y debe ser entregado sin ningún tipo de excepción.
También se necesita del Registro Único de Contribuyentes para empleadores que puede ser adquirido mediante la página web del Servicio de Rentas Internas. Una vez hecho esto, nos quedaría un último archivo por entregar y ese es la clave habilitada para el inicio de sesión para el sistema del IESS.
Adicionalmente, contamos con otro documento que no es obligatorio para habitantes del país que posean una nacionalidad; sin embargo, funciona con las personas que son residentes dentro del estado y no tienen la ciudadanía correspondiente al lugar donde se encuentran, en este caso Ecuador.
Este último recaudo es el código de identificación para extranjeros y extranjeras. De no poseer ni esta contraseña y tampoco la otra, entonces no podrá solicitarse el certificado de obligaciones patronales.
¿Cómo se puede realizar el trámite?
La única forma para hacer la solicitud del artículo es mediante vía online. Hasta ahora el instituto encargado no ha habilitado un espacio u oficinas que sean netamente usadas para la tramitación de ese tipo de papeles.
Lo primero que harás será ingresar en la página del IESS, te dirigirás a la sección de servicios en línea, te irás a la casilla que dice “empleadores” y darás clic en el botón que dice certificado de obligaciones patronales.
Hecho esto tendrás que registrar tu número del Registro Único en caso de los empleadores. Estos caracteres deberán estar acompañados de un código de identificación que estará designado dependiendo de quién sea el solicitante.
Habiendo verificado y enviado todos estos datos personales, se te proporcionará el comprobante de verificación que te indicará que sí estás cumpliendo con el certificado de obligaciones patronales. Solamente tienes que descargarlo e imprimirlo para que ya cuentes con él.
Algo que se debe resaltar es que dicho trámite no posee un valor monetario a pagar o alguna cuota que deba cancelarse para ser registrado o descargado. Y aparte de esto, también es posible realizar todo este procedimiento aquí descrito desde la aplicación para móviles del organismo funcionario.
Vigencia del documento
Dijimos con anterioridad que este documento tenía una vigencia válida de máximo 30 días; se debe a que mensualmente se actualizan los datos de los afiliados al sistema del IESS. Ocasionando así un reinicio de solicitudes de este trámite y que las personas que ya lo habían obtenido deban hacerlo una vez más.